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Cofepris
17 abr 2025
La publicidad de servicios médicos en México está estrictamente regulada por la Ley General de Salud y supervisada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Estas regulaciones se aplican a una amplia gama de profesionales de la salud, clasificados según el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN), que incluye:
• Servicios de consultorios médicos: Medicina general y especialidades.
• Servicios de consultorios dentales: Odontología general y especializada.
• Servicios de laboratorios médicos y de diagnóstico: Laboratorios clínicos e imagenología.
• Servicios de psicología y nutrición: Consultorios de psicología y nutriólogos.
• Servicios de hospitales generales y especializados: Instituciones que ofrecen diversos servicios médicos y quirúrgicos.
A pesar de estas regulaciones, es común que los profesionales de la salud cometan errores al promocionar sus servicios. A continuación, se presentan cinco errores comunes en la publicidad médica y cómo evitarlos:
1.- No presentar el Aviso de Publicidad ante COFEPRIS
Todo profesional de la salud que desee publicitar sus servicios debe presentar un Aviso de Publicidad ante COFEPRIS. La omisión de este trámite puede resultar en sanciones y multas. Es esencial cumplir con este requisito antes de difundir cualquier material publicitario.
2.- Hacer promesas de resultados garantizados
Afirmar que un tratamiento ofrece resultados garantizados o infalibles está prohibido. La publicidad no debe inducir al error o engaño al sugerir certezas que no pueden respaldarse científicamente. Es fundamental que la información sea precisa y basada en evidencia.
3.- Utilizar títulos y especialidades sin certificación
Anunciar especialidades médicas sin contar con la certificación correspondiente es una práctica engañosa y sancionable. Los profesionales deben asegurarse de que los títulos y especialidades promocionados estén debidamente acreditados y registrados; además, deben ser visibles para el público en general y sus pacientes.
4.- Publicitar medicamentos controlados al público en general
La promoción de medicamentos que requieren prescripción médica no debe dirigirse al público en general. Solo los medicamentos de libre venta pueden ser publicitados masivamente, y siempre deben incluir la leyenda: “Consulte a su médico”.
5.- Proporcionar información ambigua o engañosa
Toda publicidad médica debe ofrecer información clara, veraz y comprobable. Omitir detalles relevantes o presentar datos de manera ambigua puede inducir al error y es contrario a las regulaciones sanitarias.
Para evitar estos errores, es recomendable que los profesionales de la salud se informen sobre las normativas vigentes. Cumplir con las disposiciones legales no solo previene sanciones, sino que también fortalece la confianza de los pacientes en los servicios ofrecidos.
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